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Declarado de Interés Educativo, Resolución Nº 999

Consejo Provincial de Educación

ANTECEDENTES DEL PRIMER JUICIO ORAL Y PUBLICO EN NEUQUEN, POR LOS CRIMENES DEL TERRORISMO DE ESTADO EN LA ZONA.

La represión    Historia del juicio    La causa llega a Neuquén    El juicio oral y público

Acusados    Victimas

La represión (arriba)

Creemos que hoy en la sociedad argentina todos conocen los aberrantes crímenes cometidos durante la dictadura militar que usurpó el poder en marzo de 1976 y que se prolongó hasta 1983. Todos sabemos que fue precedida por el accionar de la organización paramilitar denominada  Alianza Argentina Anticomunista (conocida como las tres A), cuyos integrantes fueron luego utilizados en los grupos de tareas del aparato represivo militar en la llamada “lucha antisubversiva”, llevada a cabo desde el Estado y con todo el poder y los medios de éste.

Las tres A asesinaron a mansalva a toda persona que figurara en sus listas negras, integrantes de organizaciones político-militares, militantes sociales y todo aquel sospechado de no coincidir con una ideología enmarcada en la “Doctrina de la Seguridad Nacional”. Es así que, aún antes del golpe militar, la persecución y las amenazas de las tres A empujaron al exilio a un gran número de intelectuales, artistas y militantes políticos.

En la causa 13/84, en que se juzgó a las Juntas de Comandantes que ejercieron el poder entre 1976 y 1983, la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal de la Capital Federal dio por comprobada la existencia de un  “plan sistemático de exterminio”, que fue aplicado en todo el país con una misma metología y que dejó presa del terror a toda la sociedad, con miles de personas desaparecidas, con asesinados en falsos enfrentamientos, con sobrevivientes que no pueden olvidar el horror de los centros clandestinos de detención.

Nuestra región -bajo la jurisdicción de la Subzona de Seguridad 5.2, Área 521, con control operacional del V Cuerpo de Ejército (Zona de Seguridad 5)- no escapó a la aplicación del “plan sistemático”, cuyo verdadero objetivo fue la imposición de un orden económico y social que se vería completada en los años ´90 y cuyo resultado fueron millones de desocupados, incremento de la pobreza y la indigencia, enorme disminución de la participación de los trabajadores en la renta nacional.

En la Provincia de Neuquén y en el Alto Valle las víctimas de ese plan criminal fueron numerosas, muchas de ellas se encuentran hoy en condición de desaparecidas. Los sobrevivientes dieron cuenta de su cautiverio y tormentos en el centro clandestino La Escuelita, ubicado en terrenos del Ejército, aledaños al Batallón 181, donde se encontraban a merced de sus captores, aislados de todo contacto con el “afuera” .

Ni familiares, ni abogados, ni jueces, ni persona alguna podían tener acceso a la información del destino de los secuestrados, que eran mantenidos –además- con los ojos vendados para asegurar la impunidad de sus verdugos.

 

Historia del juicio (arriba)

 Treinta y dos años reclamando verdad y justicia, construyendo memoria, sin bajar los brazos.

A partir de la masiva violación de los derechos fundamentales de las personas en los años ´70, en todo el país se formaron organismos de derechos humanos, entre ellos las valerosas y queridas Madres de Plaza de Mayo,  para reclamar información sobre las víctimas y denunciar  los delitos que se estaban cometiendo.

En nuestra zona, el recordado y admirado obispo de Neuquén, don Jaime de Nevares, junto con un grupo de personas de gran valor, creó en nuestra ciudad –ya en mayo de 1976- la APDH, primero como filial de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos nacional, de la que también fue fundador don Jaime, y luego, manteniendo los objetivos y principios de su creación, como organismo autónomo (Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén).

 Fue el obispo y los integrantes de la APDH quienes recibieron las primeras denuncias de familiares y sobrevivientes, quienes los ayudaron en la búsqueda de los secuestrados, quienes  los acompañaron para las presentaciones de hábeas corpus ante los jueces y los reclamos sin fin ante los propios verdugos, sin descanso aún durante la dictadura.

Con el advenimiento del primer gobierno constitucional en 1983, la APDH impulsó la instrucción de las causas penales para la investigación de los delitos cometidos, iniciadas a partir de las denuncias realizadas ante ese organismo y ante las Comisiones Legislativas de Derechos Humanos, tanto de Río Negro como de Neuquén, como así en base a los hábeas corpus presentados en su momento por los familiares.

Para ello mantuvo contenedora y afectuosa relación con víctimas y familiares, buscó la colaboración de abogados de buena voluntad, solicitó el aporte de toda persona comprometida con la dignidad humana y la justicia.

Los casos que en ese entonces eran tramitados ante el Juzgado Federal de Neuquén fueron remitidos a la Cámara Federal de Bahía Blanca, por tener ésta jurisdicción en la Zona V cuya sede es el V Cuerpo de Ejército en la misma ciudad, previo paso obligado por los tribunales militares, por aplicación del art. 10 de la Ley 23.049.

La APDH Neuquén no bajó los brazos. Con la abogada Mirta Mántaras, destacada profesional especialista en Derechos Humanos y en el Código de Justicia Militar, siguió el trámite de los juicios ante la Cámara de Bahía Blanca. Ya avanzado dicho trámite, fueron sancionadas las vergonzantes leyes de punto final y de obediencia debida, que pretendieron cerrar toda posibilidad de verdad y justicia.

Pero, la Dra. Mántaras planteó la inconstitucionalidad de la ley 23.521, llamada “de obediencia debida”,  planteo que fue aceptado por el Fiscal Dr. Hugo Cañón y acogido por los jueces de la Cámara Federal de Bahía Blanca, que se constituyó así en el único tribunal del país que resolvió conforme a derecho y conciencia y no por oportunismo político. Lamentablemente, primó este último en la Corte Suprema de Justicia de aquellos años cuando decidió revocar la decisión de la Cámara y decretar la constitucionalidad de las infames leyes de impunidad, con la digna y solitaria disidencia del Dr. Baqué, quien renunció a su cargo en la Corte después de este fallo.

Revocada la resolución de la Cámara por la Corte, quedó interrumpida la persecución penal y frustrada la aspiración de juicio y castigo a los represores, responsables de un verdadero genocidio.

No obstante, en el organismo neuquino de derechos humanos no hubo resignación, no se guardaron en un cajón las constancias del horror para que quedaran olvidadas.

Noemí Labrune, uno de los miembros fundadores de la APDH,  reunió los elementos de prueba obtenidos hasta ese momento y denunció a los represores de la zona en un libro de su autoría, cuyo título lo dice todo: “Buscados”.

Mientras tanto, el reclamo de la madre de una desaparecida (caso Lapacó) logra que la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconociera el “derecho a la verdad”, para víctimas, familiares y la sociedad toda, de lo sucedido durante el terrorismo de estado. Ello abrió la puerta a los llamados “juicios por el derecho a la verdad”, que se iniciaron primero en La Plata y luego en Bahía Blanca, este último impulsado por la APDH:  de nuevo la construcción sin pausa de la memoria colectiva, contra viento y marea; es cierto que sin posibilidad de castigo, pero con la obligación de los represores de comparecer ante los jueces y la comunidad, aún cuando el pacto de silencio de los verdugos –que aún subsiste- negaba información. 

Cabe señalar que del “Juicio por la verdad” de La Plata se desprendieron las causas contra Etchecolatz y Von Wernich (por no estar incluídos en la ley de obediencia debida). Hoy ambos tienen condena.

En cuanto al juicio por la verdad de Bahía Blanca, el mismo fue una indudable experiencia movilizadora y una forma de sacar a la luz hechos que muchas personas preferían negar. La APDH impulsó la presencia en las audiencias de alumnos de la Facultad de Derecho de la UNCo y de alumnos de Bahía Blanca, desarrollando así, además, una acción pedagógica.

La memoria y el reclamo de juicio y castigo se han  mantenido a través del accionar de todas las organizaciones de derechos humanos, a través de la lucha inclaudicable de nuestras Madres de Plaza de Mayo, se ha fortalecido en cada 24 de marzo.

Al cumplirse treinta años del golpe militar de 1976, la APDH editó un álbum, titulado “Para no olvidar”, muchos de cuyos ejemplares fueron distribuídos gratuitamente en las escuelas,  en el cual se reconstruye la historia de esa lucha a través de las publicaciones periodística de todo ese período.

 

La causa llega a Neuquén (arriba)

Tampoco se bajaron los brazos cuando quedó interrumpido el “juicio por la verdad”. La Dra. Mirta Mántaras, abogada de la APDH, a fines del año 2001 pide a la Cámara de Bahía Blanca que se reinicien los juicios penales, previa declaración de que “los hechos investigados son delitos de lesa humanidad, que son delitos del derecho internacional, violatorios de la convención sobre genocidio, que carecen de eficacia las leyes internas de impunidad y de prescripción...”, solicitando nuevamente se decrete la invalidez y nulidad de las leyes internas de impunidad. Ello, aún con anterioridad a que tal nulidad  fuera decidida por la Corte Suprema de Justicia y antes de que el Congreso declarara la nulidad de esa ley. Por diversas razones no fue resuelto rápidamente ese pedido (dificultades de constitución de la Cámara, etc.). Finalmente, la Cámara se declaró incompetente y ordenó –sin considerar el pedido de nulidad de las leyes- que las causas  debían pasar a los Juzgados Federales Penales de primera instancia de cada lugar donde se hubieran cometido los delitos. Ellos debían decidir la nulidad de la ley y continuar la investigación de los crímenes denunciados.

Es así como, en noviembre de 2005, llegan al Juzgado Federal de Neuquén, a cargo del Dr. Guillermo Labate, los casos correspondientes a esta zona, englobados en una única causa, la 8736 caratulada “Reinhold Oscar Lorenzo y otros s/Delitos c/la libertad y otros”.

Inmediatamente de ingresar la causa al Juzgado Federal, la APDH se presentó en la misma como querellante, admitiéndosela en tal carácter. Asímismo, numerosas víctimas asumieron la condición de querellantes con el patrocinio de los abogados de la APDH.

Para la reanudación de los juicios penales, el Dr. Labate debió considerar previamente el pedido de la Dra. Mántaras, lo que hizo favorablemente decretando la nulidad de la ley  23.521 y calificando a los crímenes en investigación como de lesa humanidad, por tanto imprescriptibles, inamnistiables y extraditables.

Desde entonces hasta el presente, se reunieron elementos probatorios, cuya obtención es difícil y trabajosa por el tiempo transcurrido, sobre todo la prueba referida a informes y documentación militar,  siempre retaceada. Tanto el Juzgado –con  la colaboración de un equipo encabezado por la Secretaria Dra. Silvina Domínguez-  como la Fiscalía, ésta con el valioso  aporte de la Dra. Cristina Beute, han realizado un enorme esfuerzo en el armado del rompecabezas creado por la metodología represiva para asegurar impunidad.

En este lapso, gracias a la investigación realizada y a la necesidad de lograr finalmente una condena por tanto horror, se sumaron a los casos remitidos por la Cámara de Bahía Blanca nuevas denuncias de víctimas que habían callado durante estos años, tal vez por temor, quizás por necesidad de borrar la herida con el silencio, o en muchos casos por frustración ante la impunidad impuesta durante tanto tiempo.

Estas víctimas, que han podido vencer el dolor y el temor, merecen el reconocimiento de la sociedad, también victimizada por el terrorismo de estado, porque su testimonio permitirá reconstruir y hacer conocer una historia que desde el poder se quiso tergiversar y desconocer.

También se han sumado a esta causa los casos cuya investigación estaba a cargo del Juzgado Federal de General Roca, por considerar la Cámara de dicha ciudad que en ellos tenía competencia el Juzgado Federal de Neuquén.

Hoy, la causa “Reinhold...” suma unas noventa víctimas, muchas de ellas en condición de desaparecidas.

 

El juicio oral y público (arriba)

El gran número de casos en una misma y única causa y la complejidad de la investigación llevó al juez Labate a la decisión de segmentarla, reuniendo en un primer segmento aquellos  casos que ya contaban con prueba, para no dilatar la elevación a juicio, decisión que fue acompañada por la APDH y otros querellantes. Esto no impide la continuidad de la investigación de todos los casos, con el resultado de un segundo segmento, en que actualmente se han producido numerosas indagatorias que desembocarán en los procesamientos de los imputados, por un importante número de víctimas.

El resultado de tal decisión es la concreción del primer juicio oral y público ante el Tribunal Oral Federal de Neuquén, habiéndose fijado el 11 de agosto de 2008 como fecha de inicio del debate.

En el banquillo de los acusados (arriba) se sentarán:

-         Luis Alberto Farías Barrera, Jefe de la División I (Personal) de la VI Brigada de Infantería de Montaña.  Si bien formalmente se dispuso su traslado a partir del 15/12/76, existen constancias de que ha continuado actuando en la zona hasta el 31/12/76.

-         Oscar Lorenzo Reinhold, auxiliar con el grado de Mayor de la División II Inteligencia de la VI Brigada, a cargo de la jefatura de esa División, y luego jefe de la misma.

-         Enrique Braulio Olea, Jefe del Batallón de Ingenieros de Construcciones 181, a cargo del Área 5.2.1.

-         Hilarión de la Pas Sosa, oficial médico a cargo de la Sección Sanidad de la VI Brigada de Infantería de Montaña.

-         Mario Alberto Gómez Arenas, Jefe del Destacamento de Inteligencia 182, Neuquén.

-         Jorge Eduardo Molina Ezcurra, oficial del Destacamento de Inteligencia 182.

-         Sergio Adolfo San Martín, oficial del Destacamento de Inteligencia 182. Tanto Molina Ezcurra como San Martín, junto con Di Pasquale (hoy prófugo), fueron los únicos oficiales del Destacamento y, por tanto, constituían la plana mayor del mismo.

-         Francisco Julio Oviedo, suboficial en el Destacamento de Inteligencia 182.

Los delitos por los que se acusa a esos imputados son: asociación ilícita, privación ilegal de la libertad y tormentos, en perjuicio de las siguientes víctimas (arriba):

Oscar Alfredo Ragni (desaparecido)

Edgardo K. Kristensen

Norberto Osvaldo Blanco

Rosa Marta De Cea González

Antonio Enrique Teixido

Juan Carlos Venancio

Benedicto del Rosario Bravo

Oscar Alberto Paillalef

Rubén Obeid

Francisco Alberto Ledesma

María Cristina Lucca

Marta Inés Brasseur

Graciela Inés López

Pedro A. Trezza

María Celina Rucchetto

Islanda Becerra

David Antonio L. Lugones

Desde la Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén convocamos a asistir y acompañar este histórico juicio, para obtener finalmente la verdad y la justicia que necesitan, después de un largo tiempo de impunidad,  no sólo las victimas y familiares, sino toda la sociedad argentina victimizada por el terrorismo de estado, para aspirar a una sociedad que se respete a sí misma exigiendo la vigencia efectiva de  los derechos fundamentales de las personas.